Las normas deontológicas son un bastión fundamental que garantiza el correcto ejercicio de la profesión y de protección a los pacientes. Su origen, naturaleza y ejecución corresponde a los Colegios en virtud de la función general de ordenación profesional, por ello todo lo relativo a las mismas es una cuestión nuclear y fundamento esencial de los Colegios.
Ante una norma que parece no tener base legal (dado que dicho control o informe previo no está previsto ni siguiera respecto de los Estatutos generales de la profesión), el COEM ha encargado a la asesoría jurídica que se comprueba la viabilidad de una impugnación de dicha norma a través del correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.